No todo esta perdido. La Corte Suprema encarrila la institucionalidad fomentando la participación ciudadana en la cuestión pública
La semana pasada la Corte Suprema de
Justicia ha dictado una valiosa sentencia fijando los contornos de la nueva
relación que se avizora entre el ciudadano y sus representantes, en la cual se
vislumbra una mayor participación en la gestión pública a través de controles
de los diversos sectores de la sociedad.
El fallo en cuestión (Fallo GIUSTINIANI
c/ YPF) surge frente a la negativa de YPF, cuyo paquete accionario mayoritario
pertenece al Estado Nacional, a suministrar cierta información requerida por el
Senador Giustinianni respecto a ciertos contratos suscriptos con la empresa Chevron por la explotación de shale gas en los yacimientos de Vaca Muerta (Provincia
de Neuquén).
Esta no es la primera vez que la Corte
Suprema se expide acerca del alcance de la obligación de los organismos
públicos de suministrar a la ciudadanía acceso a la información pública sino
que esta es la cuarta oportunidad durante la presidencia de Cristina Fernández
en que la Corte se ha ocupado de esta temática (con anterioridad los casos de
la Corte Suprema CIPEC c/ Estado Nacional Ministerio de Desarrollo s/ amparo de
marzo de 2014, ADC c/PAMI s/amparo de diciembre de 2012, Editorial Río Negro
c/Neuquén, Provincia).
Sin desmedro del expreso reconocimiento
del derecho de acceso a la información pública como parte integrante de la
libertad de expresión, la Corte tiende a destacar el rol de soporte de otros
derechos de naturaleza política que emanan de la garantía de acceso a la
información pública, internalizando el desarrollo oportunamente efectuado por
la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Claude Reyes vs Chile.
Ante la proximidad del fin del segundo
mandato de la presidente Cristina Fernández surge irremediablemente la
inquietud de evaluar cómo funcionaron las instituciones de la República durante
este período. Es clara la manifiesta superioridad de la Corte Suprema en el
respeto de la institucionalidad en comparación con los roles cumplidos por el
Poder Ejecutivo y el Congreso. Es tan sabida la tendencia natural de los
presidentes a excederse de los límites de actuación impuestos por la
Constitución como la imposición de la automaticidad de las mayorías
parlamentarias y la extrema restricción a cualquier atisbo de deliberación en
el procedimiento de sanción de las leyes.
Dichas disfuncionalidades se agravan
frente a la demostrada voluntad política de no contar con una ley nacional de
acceso a la información pública, convirtiendo a la Argentina en uno de los
pocos países de Latino América que carecen de ese tipo de marco legal. El tibio
Decreto Nro 1172/2003 ha demostrado no ser una herramienta jurídica adecuada a
tales fines, desde el momento que ha sido utilizado por diversas reparticiones
públicas en contra de su espíritu, convirtiéndolo en un escudo que blinda la
información pública frente a cualquier intento de acceso por los ciudadanos a
la misma.
Lo virtuoso de este fallo judicial pasa
no sólo por interpretar adecuadamente la ley aplicable sino por impulsar una
nueva etapa para nuestra sociedad democrática, donde el actuar del Estado pasará
a regirse cada vez más por los principios de publicidad y transparencia en la
gestión pública, haciendo posible que la ciudadanía también ejerza el control
democrático de las gestiones estatales, de forma tal que pueda cuestionar,
indagar y evaluar acerca del adecuado cumplimiento de las funciones públicas, y
de esta forma el actuar estatal recuperar la credibilidad perdida gradualmente
durante las últimas décadas.
Sin embargo el acceso a la información
pública al ser sólo el escalón inicial de este proceso, aunque indispensable,
debe indefectiblemente verse complementado con el otorgamiento a los datos
públicos de formatos abiertos, reutilizables y contextualizados que permitan no
solo ejercer control y ejecución de lo que se realiza en la gestión, sino
contar con insumos valiosos para participar y colaborar en forma provechosa en
el diseño, ejecución y seguimiento de las políticas públicas del mañana.
En la articulación de esta forma
comprometida de participación en las cuestiones públicas han venido trabajando
diversos asociaciones civiles no gubernamentales buscando llevar a buen puerto este
novedoso empoderamiento de la ciudadanía. Ahora es tiempo que frente al reclamo
de aquellos que han venido otorgando el mandato para que se cumpla en forma
adecuada con la función pública encomendada los diversos niveles de la
administración pública (nacional, provincial y municipal) tomen la debida
decisión política de adoptar un criterio de transparencia activa, y más cuando
la inmunidad del poder que da el secretismo ha sido cabalmente denostado por el
máximo tribunal judicial de nuestro país.
Comentarios
Publicar un comentario