La Procuración General dictaminó estableciendo que no corresponde disminuir la multa a Telefónica por la omisión de notificación a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia en la compra de Telco SpA (controlante de Telecom). Resulta interesante el análisis que se efectúa sobre el instituto de la influencia sustancial (diferente al control del artículo 33 de la Ley de Sociedades).


Con su habitual dureza la Procuradora rechaza la defensa de error excusable interpuesta por los otros accionistas intervinientes en la operación. 

El dictamen en Diariojudicial.com

La Corte en este caso está analizando la operación original de toma de influencia sustancial de Telefónica en las empresas controlante de Telecom. 

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