No todo esta perdido. La Corte Suprema encarrila la institucionalidad fomentando la participación ciudadana en la cuestión pública

La semana pasada la Corte Suprema de Justicia ha dictado una valiosa sentencia fijando los contornos de la nueva relación que se avizora entre el ciudadano y sus representantes, en la cual se vislumbra una mayor participación en la gestión pública a través de controles de los diversos sectores de la sociedad.

El fallo en cuestión (Fallo GIUSTINIANI c/ YPF) surge frente a la negativa de YPF, cuyo paquete accionario mayoritario pertenece al Estado Nacional, a suministrar cierta información requerida por el Senador Giustinianni respecto a ciertos contratos suscriptos con la empresa Chevron por la explotación de shale gas en los yacimientos de Vaca Muerta (Provincia de Neuquén).

Esta no es la primera vez que la Corte Suprema se expide acerca del alcance de la obligación de los organismos públicos de suministrar a la ciudadanía acceso a la información pública sino que esta es la cuarta oportunidad durante la presidencia de Cristina Fernández en que la Corte se ha ocupado de esta temática (con anterioridad los casos de la Corte Suprema CIPEC c/ Estado Nacional Ministerio de Desarrollo s/ amparo de marzo de 2014, ADC c/PAMI s/amparo de diciembre de 2012, Editorial Río Negro c/Neuquén, Provincia).

Sin desmedro del expreso reconocimiento del derecho de acceso a la información pública como parte integrante de la libertad de expresión, la Corte tiende a destacar el rol de soporte de otros derechos de naturaleza política que emanan de la garantía de acceso a la información pública, internalizando el desarrollo oportunamente efectuado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Claude Reyes vs Chile.

Ante la proximidad del fin del segundo mandato de la presidente Cristina Fernández surge irremediablemente la inquietud de evaluar cómo funcionaron las instituciones de la República durante este período. Es clara la manifiesta superioridad de la Corte Suprema en el respeto de la institucionalidad en comparación con los roles cumplidos por el Poder Ejecutivo y el Congreso. Es tan sabida la tendencia natural de los presidentes a excederse de los límites de actuación impuestos por la Constitución como la imposición de la automaticidad de las mayorías parlamentarias y la extrema restricción a cualquier atisbo de deliberación en el procedimiento de sanción de las leyes.

Dichas disfuncionalidades se agravan frente a la demostrada voluntad política de no contar con una ley nacional de acceso a la información pública, convirtiendo a la Argentina en uno de los pocos países de Latino América que carecen de ese tipo de marco legal. El tibio Decreto Nro 1172/2003 ha demostrado no ser una herramienta jurídica adecuada a tales fines, desde el momento que ha sido utilizado por diversas reparticiones públicas en contra de su espíritu, convirtiéndolo en un escudo que blinda la información pública frente a cualquier intento de acceso por los ciudadanos a la misma.

Lo virtuoso de este fallo judicial pasa no sólo por interpretar adecuadamente la ley aplicable sino por impulsar una nueva etapa para nuestra sociedad democrática, donde el actuar del Estado pasará a regirse cada vez más por los principios de publicidad y transparencia en la gestión pública, haciendo posible que la ciudadanía también ejerza el control democrático de las gestiones estatales, de forma tal que pueda cuestionar, indagar y evaluar acerca del adecuado cumplimiento de las funciones públicas, y de esta forma el actuar estatal recuperar la credibilidad perdida gradualmente durante las últimas décadas.

Sin embargo el acceso a la información pública al ser sólo el escalón inicial de este proceso, aunque indispensable, debe indefectiblemente verse complementado con el otorgamiento a los datos públicos de formatos abiertos, reutilizables y contextualizados que permitan no solo ejercer control y ejecución de lo que se realiza en la gestión, sino contar con insumos valiosos para participar y colaborar en forma provechosa en el diseño, ejecución y seguimiento de las políticas públicas del mañana. 

En la articulación de esta forma comprometida de participación en las cuestiones públicas han venido trabajando diversos asociaciones civiles no gubernamentales buscando llevar a buen puerto este novedoso empoderamiento de la ciudadanía. Ahora es tiempo que frente al reclamo de aquellos que han venido otorgando el mandato para que se cumpla en forma adecuada con la función pública encomendada los diversos niveles de la administración pública (nacional, provincial y municipal) tomen la debida decisión política de adoptar un criterio de transparencia activa, y más cuando la inmunidad del poder que da el secretismo ha sido cabalmente denostado por el máximo tribunal judicial de nuestro país.



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