Otro motivo más de envidia con nuestros hermanos brasileros. Largan la convergencia ¿y nosotros?

En el mes de agosto el Senado de Brasil ha dado un paso muy importante hacia la convergencia del sector al modificar la ley de telecomunicaciones, para autorizar a los operadores de telecomunicaciones prestar servicios de televisión paga por cable. Este proyecto de ley tuvo una tramitación en el Congreso de prácticamente cuatro años y solamente resta la firma de la Presidenta Dilma Rousseff para que se convierta en ley. 
El mercado de televisión paga en Brasil alcanzaba prácticamente los 10 millones de suscriptores a fines del año pasado, experimentando un incremento de más del 30% respecto al número de abonados que había el año anterior. La televisión por cable sigue siendo el principal medio de TV paga representando un poco más del 50% por ciento de la participación total del mercado, aunque el servicio de TV satelital se encuentra muy próximo a alcanzarlo en cantidad de abonados.
El referido proyecto de ley ha sido relevante para la evolución del mercado por las siguientes razones:
i)             Removió la restricción de capital extranjero en las empresas de operación de TV cable, levantando la limitación legal existente en la Ley 8.977/95, Lei do Cabo (Ley del Cable),  para la participación del capital extranjero hasta un 49% en los servicios de TV comercializados a través de esta tecnología. Con esta modificación y dado su poder económico, Telmex, socia minoritaria de Globo en Net Serviços de Comunicação, el mayor carrier  brasileño de televisión paga, seguramente irá ganando espacios en el negocio de la TV paga.
ii)            Establece nuevas pautas de integración vertical en el mercado. De acuerdo al texto del proyecto las empresas radiodifusoras, productoras o programadoras no pueden actuar directamente en la distribución de los contenidos, sin perjuicio de poder contar hasta el 50% del capital de empresas de telecomunicaciones, y a su vez estas últimas no pueden prestar servicios de radiodifusión de sonido e imagen, producción y programación, fijando un límite máximo de participación para ellas de un 30% en el capital de las empresas que se dediquen a dichas actividades. En resumidas cuentas el referido artículo 5 del proyecto de ley dispone que para que un operador pueda programar o producir contenido propio, el 70% de su capital deberá estar en manos nacionales. De este modo, y si bien las “telcos” extranjeras podrán poseer la totalidad de un operador, sólo aquéllas con un 30% o menor participación podrán realmente controlar los canales.
iii)           A través de la reforma de la ley se permitiría a los operadores de telecomunicaciones formalizar su participación en la prestación de servicios de IPTVA y GVT. Sin embargo surge la duda en cuanto a la TV interactiva (DTT) dado que los proveedores de radiodifusión no podrán controlar el canal de retorno.
iv)           Fomenta el contenido local estableciendo que tres horas y medio de contenido nacional deberá ser transmitido por los operadores de TV paga semanalmente en los canales de películas, series y documentales durante el horario principal (18 horas a 22 horas). La mitad del referido contenido deberá ser producido por productores brasileros independientes, estando el control del cumplimiento de dicha pauta a cargo de la Agencia Nacional de Cine (Ancine). Por otra parte en todos los paquetes ofrecidos, uno de cada tres canales calificados deberá ser brasilero. El objetivo de la modificación propuesta es fomentar el surgimiento de nuevos canales con contenido brasilero e independiente, combatiendo la hegemonía de canales extranjero en la televisión paga. De los canales ofrecidos en Brasil a fines del año pasado 85 son extranjeros, 16 nacionales y 15 con capital mixto. Sin embargo las referidas cuotas pueden contener ventanas por donde se puede exceptuar el cumplimiento ya que por un lado se permite que un agente económico solicite una excepción justificada para eximirse del cumplimiento de la referida obligación, y por el otro se establece que las cuotas dejarán de tener vigencia a los doce años de sancionada la ley.
v)            Pero sin duda lo más relevante del proyecto de ley resulta ser la creación de  un nuevo servicio de acceso condicionado, en el cual se encontrará comprendido todo aquel servicio que comercialice contenido audiovisual por medio de canales, independientemente del medio usado para su transmisión (televisión, telefonía celular o Internet) pasando a recibir un tratamiento regulatorio uniforme, rompiendo el esquema actual cuyo régimen jurídico aplicable depende de la tecnología utilizada.
Sin perjuicio de las fuertes críticas que ha recibido el proyecto cuesta pensar que el PL 116 debilitará a un mercado que ya es conocido por su solidez, sus oportunidades de crecimiento y su rentabilidad.
Ahora bien, uno cuando enfoca su atención en lo que pasa en su terruño comienza a envidiar lo que pasa en la casa de sus vecinos. Acaso con la sanción de la afamada Ley de Medios ¿no se podría haber efectuado un ordenado traspaso hacia la convergencia de los servicios?
La Ley de Medios enseguida a uno lo hace rememorar las batallas del gobierno con el Grupo Clarín. ¿No sabrá el Gobierno que verdaderamente lo que más le preocupa al que declaró como su enemigo es que se permita la apertura del mercado de servicios comunicaciones audiovisuales? Obviamente que antes de iniciar cualquier aventura regulatoria se debe poner mínimamente la casa en orden, eso implica normalizar los organismos que van a estar involucrados en la aplicación de la referida convergencia, léase Comisión Nacional de Comunicaciones (intervenida desde hace décadas), designación de las autoridades pendientes de la AFSCA y más importante aún la conformación de un Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia imparcial.  A esto se le deberá sumar un proceso de transición, como el acuerdo de convergencia ideado en México, para evitar que los operadores de telecomunicaciones incumbentes (que en realidad se puede sostener que es uno sólo dado las participaciones cruzadas que hay entre ellos y avaladas por el propio Gobierno) se deglutan a los operadores de cable. Si bien la Presidenta al elevar el proyecto de ley de medios preveía el levantamiento de las restricciones para permitir participar a las telefónicas en el mercado del cable, hubo un rechazo de dicha alternativa por la oposición basado en un temor, tal vez infundado, de la intención del gobierno de adquirir Telecom.

Pero de ese tiempo a esta parte, el gobierno ha tenido una significativa intervención en el mercado de telecomunicaciones a través de la conformación del Plan Nacional de Telecomunicaciones, en el cual va a tener un especial protagonismo la empresa estatal AR-SAT a través de la marca ARTICOM como gestora y comercializadora de los servicios en materia de telecomunicaciones. Seguramente a dicha empresa se le va a permitir prestar servicios de telecomunicaciones y de comunicación audiovisual. En tal sentido vale recordar que el Decreto 835/2011 la ha autorizado a prestar los servicios de uso de infraestructura, multiplexado y transmisión para Televisión Digital Terrestre, aunque en forma limitada, a los titulares de licencias y autorizaciones de servicios de comunicación audiovisual de Televisión Digital Terrestre, a través de la Plataforma Nacional de Televisión Digital Terrestre.
Si bien en la práctica ya existiría una empresa estatal que se encuentra autorizada a prestar dichos servicios en forma convergente, sería recomendable que se establecieran reglas claras y precisas para todo el mercado.

Ante la evidencia de la realidad que se presenta ante nuestros ojos a veces me hace pensar si Clarín y el gobierno no estarán haciendo una  Mise-en-scène.



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