¿Netflix en Estados Unidos y Free en Francia violan el principio de neutralidad de red?



Durante los últimos años ha surgido una gran cruzada a favor de la neutralidad de red, y que ha llevado a algunos países a sancionar leyes consagrando dicho principio que apunta a evitar que los proveedores de acceso a Internet lleven a cabo cualquier tipo de práctica discriminatoria en cuanto a aplicaciones y contenidos que circulen por Internet. De esta manera apuntando a garantizar un pleno ejercicio de la libertad de expresión por todos los cibernautas.
Pese a no haber existido significativos casos concretos de afectación de la llamada neutralidad de red se ha propiciado en los Estados Unidos, con significativos cuestionamientos principalmente por los dueños de la infraestructura de la red, una posición regulatoria ex ante, a fin de resguardar la filosofía originaria de Internet, bajo un contexto libre y sin intermediarios, frente al poder que ostentaban los prestadores de servicio de acceso a Internet que conformaban una especie de puerta de control de ingreso a Internet. Por su parte en Europa si bien a nivel comunitario no se han adoptado regulaciones concretas sobre esta temática, países como Holanda ya ha sancionado una ley instaurando la neutralidad.
En el corriente año han surgido dos eventos diferentes que merecen su análisis para verificar si ha existido o no una violación al principio de neutralidad de red, y la forma en que los regímenes jurídicos evalúan cada una de esas prácticas.
Por un lado en Estados Unidos, la empresa Netflix, proveedor por Internet de contenidos consistentes principalmente en películas, debiendo aclarar que no es un proveedor de acceso a Internet, ha anunciado que brindará contenidos de alta definición y 3D solamente a aquellos usuarios que tengan como proveedor de acceso a Internet que usan un programa llamado “Open Connect” que permite a Netflix bajar sus costos y mejorar la calidad del video streaming. Vale destacar que solamente unos pocos proveedores de acceso a Internet de Estados Unidos aceptan las condiciones del sistema de entrega de contenido dispuesto por Netflix. Los usuarios que no tengan esos proveedores de acceso a Internet tendrán bloqueado el acceso a dichos nuevos contenidos. 
Lo que pretende Netflix es invocar la norma de neutralidad de red dictada por la FCC para forzar a los ISPs a que acepten los términos del "Open Connect" como sistema de entrega de contenidos. Sin embargo en los ámbitos regulatorios de los EEUU se está discutiendo si la referida reglamentación resulta aplicable sólo a los proveedores de servicio de acceso a Internet, sin incluir a los servicios de redes privadas virtuales, servicio de red de entrega de contenidos, hosting o servicio almacenamiento de datos, puesto que son servicios separados de los de acceso a Internet. Ante lo cual el rechazo de los proveedores de ingresar en acuerdos privados de peering con Netflix así como la demanda de servicio de entrega de contenidos en red no podrán ser impuestos mediante la aplicación de dicha norma. En realidad lo que está pasando es que Netflix es el que bloquea, en vez de los ISPs, a aquellos usuarios que pertenecen a ISPs que no han llegado a un acuerdo con Netflix por la entrega del nuevo contenido con dicho ISP principalmente en cuanto al alojamiento del equipamiento de Netflix en forma gratuita.
Uno de los comisionados de la FCC al momento de dictar la norma de neutralidad de red, advirtió que al imponerse esa regulación asimétrica se debía tener en cuenta que "los actuales controladores de acceso a la red podrán no ser los mismos que la controlen en el futuro."  Detectar quien resulta el operador con poder en cada momento en particular no reviste tanta importancia como proteger a los consumidores que puedan estar sometidos a los ostentadores, aunque sean transitorios, de dicho poder. 


 El caso francés de Free:

Los usuarios del ISP Free descubrieron que la empresa proveía un servicio en el cual se bloqueaban todos los banners de publicidad de Internet. El objetivo de esta medida era exigir a Google que les pague mejores precios por trasladar su tráfico. Es una práctica similar a la que se observó en este país donde France Telecom degradaba el servicio de You Tube (también propiedad de Google).

Estas prácticas si resultan ser claros ejemplos de violación de neutralida de red por estar violando el principio de extremo a extremo que rige en Internet.  Si se tolera que un ISP bloqué todas las publicidades, salvo que sea pagado en forma directa por la plataforma donde se apoya la publicidad, qué impedirá en el futuro a que se bloquen otros contenidos (youtube, videos, las películas de Netflix) salvo que dichas compañías paguen para llegar a los usuarios del ISPs.

La movida en cuestión ha sido inteligente puesto que los usuarios se ven beneficiados, sin embargo esta política ha sido adoptada en forma unilateral por el ISP, que resulta ser un intermediario dentro de la política de extremo a extremo que se quiere hacer primar en Internet al tratar de imponer la regulación de neutralidad de red.

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